Preocupación entre Sectores poblacionales y la Asociación Protectora de Animales de Caucasia, ha causado el incremento de la tenencia de perros potencialmente peligrosos, y lo que es más grave, sacados a la calle, parques y sitios de mucha aglomeración de personas, incluso por menores sin ninguna protección.

La ley 746 de Julio 19 de 2002, regula este tipo de conducta; es muy clara en el sentido que, en las vías públicas, en los lugares abiertos al público, y en el transporte público en que sea permitida su estancia, todos los ejemplares caninos deberán ser sujetos por su correspondiente traílla.  En caso de los potencialmente peligrosos, deberán portar además su correspondiente bozal y permiso. En caso de incumplimiento de las anteriores medidas preventivas, el animal será decomisado por las autoridades de Policía, y el propietario será sancionado con unas multas especificadas en la norma. Si el propietario no retira el ejemplar en un plazo de 10 días, se declarará en estado de abandono y se podrá proceder a su sacrificio eutanásico. Si un perro potencialmente peligroso ataca otra mascota: otro perro o un gato, su propietario será sancionado por la autoridad con multa hasta de 2 SMMLV y estará obligado a pagar todos los daños causados a la mascota. La reincidencia acarrea decomiso y sacrificio eutanásico.

Ante el aumento de estas razas potencialmente peligrosas en la localidad, el Secretario de Gobierno Municipal, Gonzalo Correa Molina, precisó: “Vamos a trabajar en dos frentes, estamos preocupados por esta situación, con la Secretaría de Desarrollo Rural y al Policía Ambiental, vamos adelantar una campaña de modo que los propietarios de éstos animales se concienticen del peligro que esto representa al dejarlos sin ningún tipo de protección para evitar mordeduras a humanos u otras mascotas. Otra situación es que el nuevo Código de Policía, la ley 1801, contempla una sanción muy fuerte a quienes estén sacando estos animalitos en esas condiciones”.

El funcionario enfatizó que la Policía ambiental debe aplicar esas normas, aunque sean un poco duras; pero si toca corresponde hacerlo. El municipio debe hacer un censo sobre el número de perros potencialmente peligrosos en la localidad; según, Correa Molina, esta es una tarea por hacer por parte de la Secretaría de Desarrollo Rural.

Además de estar registrados en un censo municipal, los propietarios de estos perros deben adquirir una Póliza de responsabilidad civil extracontractual, que cubrirá la indemnización de los perjuicios patrimoniales que dichos ejemplares ocasionen a personas, cosas, o demás animales; así como el registro de vacunas y certificado de sanidad vigente.

Las razas más comunes son: el Amstaff, Bullmastiff, dóberman, Dogo argentino, Dogo de Burdeos, fila Brasilero, Mastín Napolitano, Pit bull Terrier Americano, presa canario, rottweiler, Staffordshire Bull Terrier y el Tosa japonés. La ley colombiana prohíbe la importación de estas razas, las tradicionales peleas y las Asociaciones Caninas orientadas al entrenamiento de ejemplares para este tipo de espectáculos.