Luego que los organismos de tránsito instalaran fotomultas, para sancionar a los vehículos infractores, la Superintendencia de Transporte, les pidió la autorización y obligaciones a la hora de operar este mecanismo de detención de tránsito.

En el municipio de Planeta Rica, Córdoba, hace algunos años fue instalada un sistema de fotodetección, el cual recibió muchas reclamos por parte de los conductores que usaban la vía. Es por ello que la Supertransporte está revisando estos sistemas, debido que 40 organismos de tránsito en distintas regiones del país están utilizando la fotomulta y por otro lado están siendo investigados de manera preliminar 14 organismos de control de tránsito en Colombia.

la Secretaría de Tránsito y Transporte de Cartago, la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá y la Oficina de Tránsito y Transporte de Magdalena, ya le formularon cargos porque instalaron y pusieron en operación las fotodetecciones en sus regiones, sin tener en cuenta la previa autorización y la adecuada señalización que advierta de su presencia.

También se le abrió investigación preliminar a los organismos de tránsito correspondientes a los municipios de La Estrella, Fonseca, Bello, Guasca, Soacha, Mosquera, Barrancabermeja, Turbaco, Envigado, Medellín, Piendamó, Cartago, Santander de Quilichao, Fundación, Barranquilla, Aguachica, Palmira, El Rosal, Sabaneta, Sibaté, Floridablanca, Ciénaga, Bogotá, Villeta, Cota, Los Patios, San Juan Nepomuceno, Cali, Arjona, Cajicá, Clemencia, Galapa, Codazzi, Yotoco, Yumbo y La Dorada, y los departamentos de Atlántico, Magdalena y Cundinamarca (Sede Operativa Chocontá)

Si la Superintendencia de Transporte encuentra responsable a estos organismos de tránsitos, por no acatar los criterios técnicos y tecnológicos de la prueba de seguridad de aplicaciones estáticas (SAST), podrán ser multados hasta con 700 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) por no suministrar la información pertinente y las ayudas tecnológicas quedarían suspendidas hasta que cumplan con la norma.

La Ley 1843 de 2017 respecto de la instalación y operación de los SAST, verifica que se cumplan con los requisitos técnicos establecidos, a través de la Superintendencia de Transporte, quién está facultada de vigilar, inspeccionar y controlar a los organismos de tránsito. Por su parte la Agencia Nacional de Seguridad Vial su función es autorizar los puntos en los que se puede utilizar estos sistemas por los distintos organismos de tránsito para detectar las infracciones.